Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones administrativas de carácter general para el registro…
Artículo 3
Artículo 3. Los Terceros Informantes deben presentar la información que permita la identificación de las UPAC, como:
I. Nombre, denominación o razón social;
II. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la UPAC;
III. Nombre, teléfono y correo electrónico de la persona de contacto de la UPAC y, en su caso, de su representante legal;
IV. Localización de la instalación, y
V. Cantidad de energía entregada por tipo de energético.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INFORME A NOMBRE DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES, RENDIDO POR EL OFICIAL MAYOR. (s/clave)
- REQUERIMIENTO. (s/clave)
- SUPLICA. (s/clave)
- AUTORIDADES RESPONSABLES, MULTA POR OMISION DE INFORMES. (s/clave)
- DEMANDA DEL INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
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