Artículo 3.62 Bis
Vigencia verificada: 17 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 3.62 Bis. - Las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo del Estado de
México únicamente podrán entregar las preseas o premios establecidos en ley, o en Decreto o
Reglamento expedido por la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado.
CAPITULO SEGUNDO
De la Presea “Estado de México”
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INGRESOS MERCANTILES, IMPUESTO SOBRE. SERVICIOS PRESTADOS A ORGANISMOS PUBLICOS O INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. (s/clave)
- INGRESOS MERCANTILES, EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE (CONTRATOS PARA LA EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS). (s/clave)
- PLANIFICACION. LOS HONORARIOS DEL PERSONAL TECNICO QUE INTERVIENE EN LA PLANEACION Y EJECUCION DE OBRAS DE INTERES GENERAL, QUEDAN COMPRENDIDOS EN LOS GASTOS PUBLICOS. (s/clave)
- INGRESOS MERCANTILES, IMPUESTO SOBRE. SERVICIOS PRESTADOS A ORGANISMOS PUBLICOS O INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. (s/clave)
- OBRAS PUBLICAS. EXENCION DE IMPUESTOS. (s/clave)
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