Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 7.80

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 7.80.- La autoridad podrá ordenar la clausura de depósitos de vehículos, terminales de

pasajeros o paradores o bien, el retiro de anuncios publicitarios, cuando se ponga en riesgo la

seguridad de los usuarios o de terceros.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 7.79Índice de la leyArt. 7.81 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis