Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1151
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1151. - Para los efectos de los artículos 8 49 y 850 se dice legalmente
cambiada la causa de la posesión, cuando el poseedor que no poseía a título de
dueño comienza a poseer con este carácter y en tal caso la prescripción no corre
sino desde el día en que se haya cambiado la causa de la posesión.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCION, CONCEPTO DE PROPIETARIO Y NO JUSTO TITULO EXIGE EL ARTICULO 1151 DEL CODIGO CIVIL, AL DEMOSTRAR LA POSESION PARA LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION ADQUISITIVA, NECESIDAD DE REVELAR LA CAUSA DE LA POSESION. (s/clave)
- POSESION DE MALA FE AD USUCAPIONEM, NO ES NECESARIO EL JUSTO TITULO PARA LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA. POSESION SIN TITULO DE DOMINIO (s/clave)
- POSESION APTA PARA PRESCRIBIR. (s/clave)
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