Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1261
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1261.- Es nula la institución hecha bajo la condición de que el her edero o
legatario hagan en su testamento alguna disposición en favor del testador o de otra
persona.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TESTAMENTO. (s/clave)
- LEGADO INSUBSISTENTE. (s/clave)
- TESTAMENTO, NULIDAD DE LA CLAUSULA FIDEICOMISARIA EN EL. (s/clave)
- NULIDAD. (s/clave)
- NULIDAD DE TESTAMENTO. (s/clave)
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