Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1366
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1366.- El legado genérico de liberación o perdón de las deudas, comprende
sólo las existentes al tiempo de otorgar el testamento, y no las posteriores.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEGADOS DE PENSION CONDICIONADOS. (s/clave)
- TESTAMENTOS, EFECTOS DE LA NULIFICACION DE LOS. (s/clave)
- LEGADOS, NATURALEZA DE LOS. (s/clave)
- LEGADOS. (s/clave)
- LEGADOS DE PENSION, EXTINCION DE LOS. (s/clave)
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