Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1367
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1367. - El legado de cosa mueble indeterminada; pero comprendida en
género determinado, será válido, aunque en la herencia no haya cosa alguna del
género a que la cosa legada pertenezca.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MUEBLES, PROPIEDAD DE. (s/clave)
- LEGADOS DE COSA ESPECÍFICA Y DE COSA GENÉRICA. DIFERENCIAS Y CONSECUENCIAS JURÍDICAS. (I.14o.C.57 C)
- BIENES MUEBLES. (s/clave)
- PROMESA DE VENTA. (s/clave)
- HERENCIA, CUANDO EXISTE. (s/clave)
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