Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 2289

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2289.- Lo dispuesto en la fracción IV del artículo 2283, no comprende las

vías de hecho de terceros que no aleguen derechos sobre la cosa arrendada que

impidan su uso o goce. El arrendatario, en esos casos, sólo tiene acción contra los

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Última actualización: 15/12/2025.

autores de los hechos, y aunq ue fueren insolventes no tendrá acción contra el

arrendador. Tampoco comprende los abusos de fuerza.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 2288Índice de la leyArt. 2290 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis