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Modo: Corpus Pro

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 2567

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2567.- El contrato de sociedad debe expresar:

I.- Los nombres, apellidos, domicilios y capacidad de los otorgantes;

II.- La razón social;

III.- El objeto de la sociedad;

IV.- La duración de la sociedad;

V.- El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir;

VI.- Los nombres de los socios administradores.

Si falta alguno de estos requisitos, se aplicará lo que dispone el artículo 2565.

Fuente oficial: consultar publicación

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