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Modo: Corpus Pro

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 2746

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2746.- Puede darse prenda para garantizar obligaciones futuras, pero en

este caso no puede venderse ni adjudicarse la cosa empeñada, sin que se pruebe

que la obligación principal fué legalmente exigible.

Fuente oficial: consultar publicación

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