Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2803
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2803.- Cuando se prorrogue el plazo de la obligación garantizada con la
hipoteca, ésta se entenderá prorrogada por el mismo término, a no ser que
expresamente se asigne menor tiempo a la prórroga de la hipoteca.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- OBLIGACION DE PLAZO CIERTO. (s/clave)
- HIPOTECA, PROMESA UNILATERAL DE. (s/clave)
- ACCIÓN HIPOTECARIA, CUÁNDO EMPIEZA A CORRER EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA, SI SE EJERCITA CON MOTIVO DE DAR POR VENCIDO ANTICIPADAMENTE EL PLAZO ESTIPULADO EN EL CONTRATO POR INCU (I.7o.C.33 C )
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis