Artículo 1136
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1136.- La adquisición de bienes en virtud de la posesión, se llama prescripción positiva; la liberación de obligaciones, por no exigirse su cumplimiento, se llama prescripción negativa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCION POSITIVA, NATURALEZA DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA, POSESION PARA LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA, ACCION DE. ES IMPRESCRIPTIBLE. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA. POSESION EN CONCEPTO DE DUEÑO (LEGISLACION DE VERACRUZ). (s/clave)
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