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Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1153

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1153. - DURACION DEL USUFRUCTO EN FAVOR DE PERSONAS

MORALES. El usufructo constituido en favor de personas morales que pue dan

adquirir y administrar bienes raíces, sólo durará veinte años, cesando antes en el

caso de que dichas personas dejen de existir.

Fuente oficial: consultar publicación

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