Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1169
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1169. - CLASES DE SERVIDUMBRES. Las servidumbres son
continuas o discontinuas; aparentes o no aparentes.
Son continuas aquellas cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención de
ningún hecho del hombre.
Son discontinuas aquellas cuyo uso necesita de algún hecho actual del hombre.
Son aparentes las que se anuncian por obras o signos exteriores, dispuestos para
su uso y aprovechamiento.
Son no aparentes, las que no presentan signo exterior de su existencia.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ALBACEAS. (s/clave)
- ALBACEAS, DURACION DEL CARGO DE LOS. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO. (s/clave)
- SUPLICA. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)
ARTICULO 1169. - CLASES DE SERVIDUMBRES. Las servidumbres s on
continuas o discontinuas; aparentes o no aparentes.
Son continuas aquellas cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención de
ningún hecho del hombre.
Son discontinuas aquellas cuyo uso necesita de algún hecho actual del hombre.
Aprobación 1993/08/27
Promulgación 1993/10/11
Publicación 1993/10/13
Vigencia 1994/01/01
Expidió XLV Legislatura
Periódico Oficial 3661 Sección Segunda “Tierra y Libertad”
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Dirección General de Legislación.
Subdirección de Jurismática.
Última Reforma: 31-05-2023
341 de 657
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Son aparentes las que se anuncian por obras o signos exteriores, dispuestos para
su uso y aprovechamiento.
Son no aparentes, las que no presentan signo exterior de su existencia.
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