Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1172
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1172.- NOCION DE SERVIDUMBRE LEGAL. Servidumbre legal es la
establecida por la Ley, teniendo en cuenta la situación de los predios y en vista de
la utilidad pública y privada conjuntamente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SERVIDUMBRES (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- SERVIDUMBRE DE PASO. LIMITACIONES AL DUEÑO DEL PREDIO SIRVIENTE PARA SU USO. (s/clave)
- SERVIDUMBRE LEGAL DERIVADA DE LA CONDUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. DEVIENE INNECESARIO ACREDITAR EN CIERTOS EVENTOS LA EXISTENCIA DEL PREDIO DOMINANTE. (II.2o.C.236 C )
- SERVIDUMBRES, PRESCRIPCION DE LAS. (s/clave)
- SERVIDUMBRE LEGAL DE PASO, AL CONSTITUIRSE POR EL ORGANO JURISDICCIONAL PUEDE CAMBIARSE EL LUGAR DE ACCESO DE LA, Y LOS GASTOS DE CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO SON A CARGO DEL DUEÑO (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis