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Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1317

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1317.- ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA SOBRE PROPIEDADES O

POSESIONES. Cuando por actos de una persona se beneficiaren en términos

generales otra y otras, por aumentar el valor de sus propiedades o posesiones, y

dicho beneficio sea consecuencia del que también experimente la persona que

ejecute tales actos, no habrá lugar tampoco a exigir indemnización alguna, no

obstante las erogaciones o trabajos que el primero hubiere ejecutado.

Fuente oficial: consultar publicación

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