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Modo: Corpus Pro

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1346

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1346. - RESPONSABILIDAD POR HECHO AJENO. Existe la

responsabilidad por hecho ajeno en los casos mencionados en el artículo anterior,

lo mismo cuando haya culpa por falta de vigilancia de las personas que estén bajo

la potestad, dirección o custodia de otro, que cuando se deba a culpa por torpeza

en la elección de las personas que dependan contractualmente de otra en la

prestación de servicios.

Fuente oficial: consultar publicación

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