Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1355
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1355. - RESPONSABILIDAD DE ARTESANOS. Los maestros
artesanos son responsables de los daños y perjuicios causados por sus operarios
en la ejecución de los trabajos que les encomienden. En este caso se aplica
también lo dispuesto en el artículo anterior.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL EMPLEO DE MECANISMOS PELIGROSOS. (s/clave)
- ACCIDENTES DE TRABAJO, RESPONSABILIDADES EN LOS. (s/clave)
- ACCIDENTES DE TRABAJO. (s/clave)
- ACCIDENTES DE TRABAJO, RESPONSABILIDAD POR LOS. (s/clave)
- RIESGOS PROFESIONALES. (s/clave)
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