RIESGOS PROFESIONALES.
El accidente sufrido por un obrero en el desempeño de un trabajo, aun cuando éste fuera distinto de aquél para el que fue contratado, constituye un riesgo profesional y, por ende, da derecho al cobro de la indemnización correspondiente.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3795/42. Emiliano Torres. 1o. de marzo de 1943. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- RIESGOS PROFESIONALES. INDEMNIZACION POR. (s/clave)
- RIESGO PROFESIONAL. (s/clave)
- RIESGO PROFESIONAL. ACCIDENTES. (s/clave)
- ACCIDENTES DEL TRABAJADOR, CASOS EN QUE NO CONSTITUYEN RIESGOS PROFESIONALES LOS. (s/clave)
- ACCIDENTES DE TRABAJO, PRUEBA DE LOS. (s/clave)
- RIESGO PROFESIONAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis