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Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1399

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1399. - ELECCION DEL ACREEDOR O DEUDOR SOBRE

PRESTACION DE UN BIEN O REALIZACION DE UN HECHO A CARGO DEL

DEUDOR. Si el obligado a prestar un bien o ejecutar un hecho se rehusare a

hacer lo segundo y la elección es del acreedor, éste podrá exigir el bien o la

ejecución del hecho por un tercero, en los términos del artículo 1441 de este

Código. Si la elección es del deudor, éste cumple entregando el bien.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)

ARTICULO 1399. - ELECCION DEL ACREEDOR O DEUDOR SOBRE

PRESTACION DE UN BIEN O REALIZACION DE UN HECHO A CARGO DEL

DEUDOR. Si el obligado a prestar un bien o ejecutar un hecho se rehusare a

hacer lo segundo y la elección es del acreedor, éste podrá exigir el bien o la

ejecución del hecho por un tercero, en los términos del artículo 1441 de este

Código. Si la elección es del deudor, éste cumple entregando el bien.

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