Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1427

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1427.- TERMINACION DE LA INDIVISIBILIDAD. Pierde la calidad de

indivisible, la obligación que se resuelve en el pago de daños y perjuicios y,

entonces, se observarán las reglas siguientes:

I.- Si para que se produzca esa conversión hubo culpa de parte de todos los

deudores, todos responderán de los daños y perjuicios proporcionalmente al

interés que representen en la obligación; y

II.- Si sólo algunos fueron culpables, únicam ente ellos responderán de los

daños y perjuicios.

CAPITULO V

DE LAS OBLIGACIONES DE DAR

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 1426Índice de la leyArt. 1428 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.