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Modo: Corpus Pro

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1430

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1430.- EFECTOS OBLIGACIONALES DE LAS ENAJENACIONES DE

BIENES CIERTOS DETERMINADOS. En las enajenaciones de bienes ciertos y

determinados, la traslación de la propiedad se verifica entre los contratantes, por

mero efecto del contrato, sin dependencia de tradición, ya sea natural, ya sea

simbólica, debiendo tenerse en cuenta las disposiciones relativas del Registro

Público de la Propiedad.

Fuente oficial: consultar publicación

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