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Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1431

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1431.- EFECTOS OBLIGACIONALES DE LAS ENAJENACIONES DE

ESPECIE INDETERMINADA. En las enajenaciones de algu na especie

indeterminada, la propiedad no se transferirá sino hasta el momento en que el bien

se haga cierto y determinado con conocimiento del acreedor, bien sea por entrega

real, jurídica, virtual o ficta, según previene el artículo 1765 de este Código.

Si no se designa la calidad del bien el deudor cumple entregando uno de mediana

calidad.

Fuente oficial: consultar publicación

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