Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 801
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *801.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DECLARACION DE HEREDEROS, EFECTOS DE LA. (s/clave)
- HERENCIA. SU ACEPTACIÓN O REPUDIO SON ACTOS JURÍDICOS EXCLUYENTES ENTRE SÍ E IRREVOCABLES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SONORA). (V.2o.81 C)
- HEREDEROS, OPOSICION AL RECONOCIMIENTO DE LOS (LEGISLACION DE MORELOS). (s/clave)
- HERENCIA, REPUDIACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO). (s/clave)
- HERENCIA, REPUDIACIÓN DE LA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).- (1043)
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