Código de Justicia Militar · Libro SEGUNDO — De los delitos, faltas, delincuentes y penas · Titulo PRIMERO — De los delitos y de los responsables · Capitulo IX — Circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad
Artículo 120
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 120.- Las circunstancias que disminuyan o aumenten la responsabilidad criminal del acusado serán establecidas y calificadas por el juez, a su arbitrio.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDAD DUDOSA DEL ACUSADO. (s/clave)
- PENA MENOR A LA SOLICITADA POR EL ORGANO DE ACUSACION. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD PENAL EN CASO DE COACUSADOS. (s/clave)
- SENTENCIAS PENALES. (VI.2o.390 P)
- RESPONSABILIDAD PENAL. (s/clave)
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