Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código de Justicia Militar · Libro SEGUNDO — De los delitos, faltas, delincuentes y penas · Titulo OCTAVO — Delitos contra la existencia y seguridad de la Fuerza Armada Permanente · Capitulo II — Fraude, malversación y retención de haberes

Artículo 245

Ordenamiento: Código de Justicia Militar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-07-16

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 245.- Quien indebidamente retuviere los haberes, raciones o prendas que por razón de sus funciones estuviere obligado a entregar o distribuir, será sancionado:

Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.- Si esa retención la efectuare en provecho propio o en el de otro, conforme a lo prevenido en el artículo 241 y según el valor de los objetos substraídos, y

II.- Si dicha retención la hiciere sin aprovechar para sí o para otros, los haberes, raciones o prendas, con la mitad de la pena que corresponda, conforme a las reglas establecidas en el mismo precepto.

Fracción reformada DOF 16-07-2025

CAPITULO III

Extravío, enajenación, robo y destrucción de lo perteneciente a la Fuerza Armada Permanente

Denominación del Capítulo reformada DOF 16-07-2025

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 244Índice de la leyArt. 246 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis