Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 116
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 116. Derogado.
Los directores ejecutivos actuarán como secretarios técnicos de las comisiones, temporales o
especiales, que por su competencia les correspondan.
Sección Primera
De la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUBSECRETARIOS DE ESTADO, FACULTADES DELEGADAS A LOS, POR EL TITULAR. (s/clave)
- SECRETARIOS DE ESTADO. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, QUIENES PUEDEN INTERPONER REVISION A NOMBRE DEL. (s/clave)
- REGLAMENTOS. LOS SECRETARIOS DE ESTADO NO PUEDEN EXPEDIRLOS. (s/clave)
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