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Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Titulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Capitulo Único — (REFORMADO EN EL P.O. DEL EDO. EL 22 DE JULIO DE 2022)

Artículo 7

Ordenamiento: Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Ámbito: San Luis Potosí
Última reforma: 2026-05-20

Vigencia verificada: 6 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 7°. Las y los extranjeros que se encuentren temporal, o definitivamente en el territorio

del Estado, están sujetos a las disposiciones de este Código, respecto a su condición y relaciones

del orden familiar.

(REFORMADO EN EL P.O. DEL EDO. EL 22 DE JULIO DE 2022)

(REFORMADO EN EL P.O. DEL EDO EL 11 DE JULIO DE 2025)

Fuente oficial: consultar publicación

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