Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Titulo TERCERO — DEL MATRIMONIO · Capitulo IX — De la Nulidad del Matrimonio
Artículo 82
Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 82. Si al declararse la nulidad del matrimonio la mujer estuviere embarazada, se
tomarán las precauciones a que se refiere el artículo 1474 del Código Civil del Estado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- NULIDAD. (s/clave)
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL. (s/clave)
- NULIDAD. NO EXISTE DE PLENO DERECHO. (s/clave)
- MATRIMONIO. (s/clave)
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL. (s/clave)
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