Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 456
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *456. - CONTENIDO DE LA SOLICITUD PARA CONTRAER
MATRIMONIO. Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán un
escrito al Oficial del Registro Civil del domicilio de cualquiera de ellas, que exprese:
I.- Los nombres, apellidos, edad, nacionalidad, ocupación y domicilio de los
pretendientes, así como de sus padres si fueren conocidos; cuando alguno de los
pretendientes o los dos hayan sido casados, se expresará el nombre de la persona
con quien se haya celebrado el anterior matrimonio, la causa de su disolución y la
fecha de ésta;
II.- Que no tienen impedimento legal para casarse; y
III.- Que es su libre voluntad unirse en matrimonio.
Este escrito deberá ser firmado por los solicitantes y si alguno no pudiere o no supiere
escribir, imprimirá su huella digital.
El Oficial del Registro Civil, hará del conocimiento de los pretendientes
inmediatamente después de la presentación de la solicitud, si alguno de ellos se
encuentra inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE: Se reforma el último párrafo del artículo 456, por ARTÍCULO PRIMERO
dispositivo del Decreto 2352 , publicado en el Periódico Ofici al “Tierra y Libertad”, No. 6343
Segunda Sección, de fecha 2024/09/04. Vigencia: 2024/09/05.
REFORMA SIN VIGENCIA.- Adicionado el último párrafo por artículo Primero del Decreto No. 1631,
publicado en el 2012/02/02.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. REQUISITOS QUE DEBE CONTENER EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN DE DEMANDA Y LAS PRUEBAS QUE DEBE ANEXAR EL DEMANDADO (LEGISLACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL (1a. CCXLIX/2012 (10a.))
- DIVORCIO SIN CAUSA. APLICACIÓN NO RETROACTIVA DE LA LEY A LOS MATRIMONIOS CELEBRADOS ANTES DE SU VIGENCIA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (I.8o.C.291 C)
- MATRIMONIO, REQUISITOS DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- MATRIMONIO, ACTAS DE. SU ENMIENDA NO PROCEDE CUANDO LA SOLICITA SOLAMENTE UNO DE LOS CONYUGES. (s/clave)
- DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. REQUISITOS DE LA DEMANDA Y PRUEBAS QUE DEBE ANEXAR EL ACTOR (LEGISLACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL). (1a. CCXLVII/2012 (10a.))
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