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Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 76

Ordenamiento: Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-10-19

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 76.-Los servidores públicos que intervengan en los diversos trámites relativos a la

aplicación de las disposiciones tributarias estarán obligados a guardar absoluta reserva en lo

concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con

ellos relacionados. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las disposiciones fiscales

y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y

de la defensa de los intereses fiscales o municipales, y a las autoridades judiciales cuando la ley

impone tal obligación.

Fuente oficial: consultar publicación

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