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Código Militar de Procedimientos Penales

Artículo 320

Ordenamiento: Código Militar de Procedimientos Penales · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 320. Consecuencias de la conclusión del plazo de la investigación complementaria

Una vez cerrada la investigación complementaria, el Ministerio Público, dentro de los quince días siguientes deberá:

I. Solicitar el sobreseimiento parcial o total.

II. Solicitar la suspensión del proceso.

III. Formular acusación.

Fuente oficial: consultar publicación

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