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Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 245

Ordenamiento: Código Penal del Estado de Chihuahua · Ámbito: Chihuahua
Última reforma: 2026-08-29

Vigencia verificada: 16 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 245.

A quien por sí o por interpósita persona, adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en

garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio del Estado, recursos, derechos o bienes de cualquier

naturaleza que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes

propósitos: ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos,

derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita, se le impondrán de cinco a quince años de prisión y de mil a

cinco mil días multa.

Las penas previstas en el párrafo anterior serán aumentadas en una mitad cuando el delito se cometa por

servidores públicos; además, se impondrá a dichos servidores públicos, destitución o inhabilitación para

desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-08-29)

Artículo 245.

A quien por sí o por interpósita persona, adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en

garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio del Estado, recursos, derechos o bienes de cualquier

naturaleza que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes

propósitos: ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos,

H. Congreso del Estado

Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos

Biblioteca Legislativa “Carlos Montemayor Aceves”

derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita, se le impondrán de cinco a quince años de prisión y de mil a

cinco mil días multa.

Las penas previstas en el párrafo anterior serán aumentadas en una mitad cuando el delito se cometa por

servidores públicos; además, se impondrá a dichos servidores públicos, destitución o inhabilitación para

desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)

Artículo 245.

A quien por sí o por interpósita persona, adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en

garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio del Estado, recursos, derechos o bienes de cualquier

naturaleza que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes

propósitos: ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos,

derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita, se le impondrán de cinco a quince años de prisión y de mil a

cinco mil días multa.

Las penas previstas en el párrafo anterior serán aumentadas en una mitad cuando el delito se cometa por

servidores públicos; además, se impondrá a dichos servidores públicos, destitución o inhabilitación para

desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

H. Congreso del Estado

Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos

Biblioteca Legislativa “Carlos Montemayor Aceves”

Código Penal del Estado de Chihuahua

Última Reforma POE 2025.11.29/No. 96

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