Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo 274
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 274.
Al particular que promueva la conducta ilícita de un servidor público, o se preste para que éste o por interpósita
persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a la responsabilidad
inherente a su empleo, cargo o comisión, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de cien a
quinientos días multa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- USURPACION DE FUNCIONES Y FRAUDE. (s/clave)
- DELITOS OFICIALES, APROVECHAMIENTO DEL PODER EN INTERES PROPIO. (s/clave)
- PECULADO. (s/clave)
- COHECHO. (s/clave)
- PELIGROSIDAD. SERVIDORES PÚBLICOS. LA ANTIGÜEDAD EN EL CARGO DESEMPEÑADO POR ELLOS, Y EL RIESGO DE PERDER SU TRABAJO LÍCITO POR LA COMISIÓN DE UN DELITO RELACIONADO CON SUS FUNCION (5218)
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