Código Penal del Estado de México
Artículo 148 Quáter
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 148 Quáter. A la autoridad, al propietario, al titular, al responsable o al encargado
de una unidad económica que autorice o permita el baile de hombres y/o mujeres desnudos y/o
semidesnudos con mensaje explícito de carácter erótico y/o sexual para el público asistente, se
le impondrá de cinco a diez años de prisión y de mil a mil quinientos días multa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MORAL PÚBLICA, ULTRAJES A LA.- (1982)
- MORAL PUBLICA, ULTRAJES A LA. (s/clave)
- REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICIA. (s/clave)
- ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA, DELITO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS). (s/clave)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
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