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Código Penal del Estado de México

Artículo 48

Ordenamiento: Código Penal del Estado de México · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 48.- El decomiso consiste en la pérdida de la propiedad o posesión de los

instrumentos, objetos y efectos del delito, a favor y en forma equitativa de la procuración y

administración de justicia. Los de uso ilícito se decomisarán todos. Los de uso lícito sólo los

que deriven de delitos dolosos, salvo determinación de la ley.

Los bienes inmuebles decomisados por la comisión de los delitos en contra del desarrollo

urbano, pasarán al dominio del organismo público encargado de la regularización de la tenencia

de la tierra en el Estado de México, para su regularización o reserva territorial, con el

objeto del ordenamiento urbano de los municipios, autorizándose las anotaciones necesarias a

través de oficios que envíen los jueces al registro de la propiedad, o en su caso al registro

agrario, que corresponda.

En los casos de los delitos a que se refiere el Título Quinto del Libro Segundo de este Código,

también se podrán decomisar bienes del imputado cuyo valor sea equivalente, cuando los

instrumentos, objetos y productos del delito se hayan perdido, consumido o extinguido, no sea

posible localizarlos o se trate de bienes que constituyan garantías de créditos preferentes. En

los casos que así se establezca, se podrá decretar el aseguramiento de bienes propiedad del o

los imputados, así como de aquéllos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

En caso de que el objeto de decomiso sean animales vivos, deberán ser conducidos a lugares

especializados, como zoológicos, santuarios o unidades de control que cubran las necesidades

del animal durante el procedimiento. En todo caso de animales domésticos, las asociaciones u

organizaciones legalmente constituidas podrán solicitar su resguardo temporal. Las personas que

sean responsables de maltrato o crueldad animal, perderán todo derecho sobre los animales que

hayan tenido bajo su custodia o resguardo.

Fuente oficial: consultar publicación

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