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Modo: Corpus Pro

Código Penal del Estado de México

Artículo 96

Ordenamiento: Código Penal del Estado de México · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 96.- El término para la prescripción de la pretensión punitiva será continuo y se

contará a partir del día en que se cometió el delito, si fuere instantáneo; desde que cesó, si

fuere permanente; desde el día en que se hubiere realizado el último acto de ejecución, si

fuere continuado o en caso de tentativa.

En los casos de delitos cometidos en contra de menores de edad, el plazo para la prescripción

comenzará a contar a partir de que la víctima sea mayor de edad.

Fuente oficial: consultar publicación

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