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Modo: Corpus Pro

Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango

Artículo 175 BIS 2

Ordenamiento: Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 175 BIS 2. La pena de prisión se aumentará en una mitad cuando quien usurpe la identidad

de otra persona, se valga para ello de la homonimia, de la igualdad física genética entre hermanos

gemelos o del parecido físico con el suplantado.

Fuente oficial: consultar publicación

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