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Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango

Artículo 362 TER

Ordenamiento: Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 362 TER. A quien distribuya o suministre agua potable a través de pipa u otro medio de

almacenamiento, sin contar con el permiso de distribución o la evaluación o autorización

correspondiente, expedidos por la autoridad compete nte, con la finalidad de obtener un beneficio

económico, se le impondrán de dos a seis años de prisión y de ciento cuarenta y cuatro a cuatrocientos

treinta y dos veces la unidad de medida y actualización.

ARTÍCULO ADICIONADO POR DEC. 245, P.O. 92 BIS DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 2025.

Fuente oficial: consultar publicación

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