Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango
Artículo 78
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 78. Punibilidad de la autoría indeterminada.
CÓDIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO
VIGENTE A PARTIR DE LAS 00:00 HRS. DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2009
FECHA DE ÚLTIMA REFORMA:
DEC. 364 P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DEL 2025.
35
Para el caso previsto en el artículo 26 de este código, la penalidad será de las tres cuartas partes del
mínimo a las tres cuartas partes del máximo de las penas o medidas de seguridad correspondientes
para el delito cometido, según su modalidad.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA EN LOS DELITOS EN QUE SE ACTUALIZA LA AUTORÍA INDETERMINADA. PARA ESTABLECERLA, EL JUEZ DEBE REALIZAR LA OPERACIÓN MATEMÁTICA CORRESPONDIENTE PARA PREC (XXI.1o.P.A. J/2 (10a.))
- INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA TRATÁNDOSE DE AUTORÍA INDETERMINADA. PARA FIJARLA EL JUZGADOR DEBE REALIZAR LA OPERACIÓN MATEMÁTICA CORRESPONDIENTE PARA SABER A CUÁNTO EQUIVALEN LAS T (XXI.1o.P.A.56 P)
- PENA ILEGALMENTE ATENUADA, INDIVIDUALIZACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO). (s/clave)
- LEY DE INDULTO DEL ESTADO DE DURANGO. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis