Código Penal para el Estado de Aguascalientes
Artículo 133 -A
Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 133 -A.- Exposición de menores, incapaces o adultos mayores. La
exposición de menores, incapaces o adultos mayores consiste en dejar en total
vulnerabilidad o abandono, a una per sona menor de edad, o que siendo mayor de
edad le es imposible cuidar de sí mismo, colocándole en una situación de
desamparo, de tal manera que se pongan en riesgo la integridad personal y libre
desarrollo de la personalidad; por parte de quienes tienen su guarda y custodia, los
hayan acogido materialmente, o tengan el deber de cuidarlo.
Al responsable de Exposición de menores, incapaces o adultos mayores se le
aplicaran de 1 a 4 años de prisión y de 50 a 100 días multa, además de perder la
patria potestad o ser destituido de la tutela, según corresponda.
CAPÍTULO IV
Tipos Penales Protectores de la Libertad y Seguridad de las Personas
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUSTRACCIÓN DE MENORES E INCAPACES. EL ARTÍCULO 35, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEGISLACIÓN PENAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, AL SEÑALAR UNA PENA ESPECÍFICA PARA EL CASO DE QUE EL (XXIII.2o.3 P)
- PERDON DE LA OFENDIDA. MENORES DE EDAD. (s/clave)
- CORRUPCION DE MENORES Y VIOLACION, DELITOS DE. (s/clave)
- PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE SUSTRACCIÓN ILEGAL DE MENORES. NO PIERDE EL CARÁCTER DE VÍCTIMA EL SUJETO PASIVO, AUNQUE SE LE HUBIEREN DADO EXCELENTES (VII.2o.C.22 C (10a.))
- PATRIA POTESTAD. NO ES OBSTACULO PARA DECRETAR SU PERDIDA QUE EL MENOR ABANDONADO HAYA QUEDADO AL CUIDADO DE UN FAMILIAR. (ARTICULO 628, FRACCION IV, INCISO B) DEL CODIGO CIVIL DEL (VI.1o.189 C)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto del artículo derogado (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
ARTÍCULO 133 -A.- Exposición de menores, incapaces o adultos mayores. La
exposición de menores, incapaces o adultos mayores consiste en dejar en total
vulnerabilidad o abandono, a una per sona menor de edad, o que siendo mayor de
edad le es imposible cuidar de sí mismo, colocándole en una situación de
desamparo, de tal manera que se pongan en riesgo la integridad personal y libre
desarrollo de la personalidad; por parte de quienes tienen su guarda y custodia, los
hayan acogido materialmente, o tengan el deber de cuidarlo.
Al responsable de Exposición de menores, incapaces o adultos mayores se le
aplicaran de 1 a 4 años de prisión y de 50 a 100 días multa, además de perder la
patria potestad o ser destituido de la tutela, según corresponda.
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