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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 113

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 113.- La amnistía extingue la acción penal y la potestad de ejecutar las penas impuestas, a

excepción del decomiso, destrucción de los objetos, instrumentos y productos del delito y la reparación de

daños y perjuicios en los términos de la Ley que la conceda. Si ésta no expresare su alcance, se entenderá

que la acción penal y la potestad ejecutiva se extinguen con todos sus efectos, en relación con todos los

responsables de delito.

CAPITULO V

PERDÓN DEL OFENDIDO O DEL LEGITIMADO PARA OTORGARLO

Fuente oficial: consultar publicación

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