Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Morelos

Artículo 190

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 190.- Se impondrán las sanciones previstas en el artículo 188, según

el valor del lucro obtenido o del perjuicio causado, en el tér mino que resulte más

elevado, a quien tenga a su cargo la administración o el cuidado de bienes ajenos

y perjudique al dueño de éstos, con ánimo de lucro, alterando las cuentas o las

condiciones de los contratos, haciendo aparecer operaciones o gastos inexistentes

o exagerando los reales, ocultando o reteniendo valores, empleando éstos

indebidamente o realizando conductas perjudiciales para el patrimonio del titular

de los bienes, en beneficio propio o de un tercero, cuando exista conflicto de

intereses.

NOTAS:

OBSERVACIÓN GENERAL.- Fe de erratas publicada en el POEM No. 3831 de 1996/11/29.

CAPÍTULO VII

INSOLVENCIA FRAUDULENTA EN PERJUICIO DE ACREEDORES

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 189Índice de la leyArt. 191 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-02)

ARTÍCULO 190.- Se impondrán las sanciones previstas en el artículo 188, según

el valor del lucro obtenido o del perjuicio causado, en el término que resulte más

elevado, a quien tenga a su cargo la administración o el cuidado de bienes ajenos

y perjudique al dueño de éstos, con ánimo de lucro, alterando las cuentas o las

condiciones de los contratos, haciendo aparecer operaciones o gastos inexistentes

o exagerando los reales, ocultando o reteniendo valores, empleando éstos

indebidamente o realizando conductas perjudiciales para el patrimonio del titular

de los bienes, en beneficio propio o de un tercero, cuando exista conflicto de

intereses.

NOTAS:

OBSERVACIÓN GENERAL.- Fe de erratas publicada en el POEM No. 3831 de 1996/11/29.

Periódico Oficial 3820 Segunda Sección “Tierra y Libertad”

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

CAPÍTULO VII

INSOLVENCIA FRAUDULENTA EN PERJUICIO DE ACREEDORES

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.