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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Morelos

Artículo 239

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *239. - Al que en la comisión de un delito grave de los previstos por

este Código, maneje o utilice un vehículo de motor sin placas o permisos de

circulación visibles, o con documentación que no corresponda a la autorizada

oficialmente para dicha circulación, se le incrementará hasta en una tercera parte

la sanción que corresponda al delito cometido.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Reformado por Artículo Único del Decreto número 1195 de 2000/08/29.

Publicado en el POEM No. 4074 de 2000/09/06. .

CAPÍTULO III

DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS

Fuente oficial: consultar publicación

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