Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur

Artículo 197

Ordenamiento: Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Ámbito: Baja California Sur
Última reforma: 2026-10-10

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 197. Retención de persona menor edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho. A quien sin tener relación de parentesco, de tutela o curatela con una persona menor de edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, la retenga sin el consentimiento de quien ejerza su custodia legítima, su curatela o su guarda, se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa de cien a trescientos días.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 196Índice de la leyArt. 198 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis