Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua
Artículo 14
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 14. Los funcionarios y empleados públicos, los militares en servicio activo, los estudiantes, los
confinados y los reos sentenciados a prisión, no adquieren vecindad en el Estado, si en él residen sólo por sus
funciones, empleos, comisiones, estudios o condenas, respectivamente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- INMIGRANTES. (s/clave)
- DOMICILIO. (s/clave)
- VIATICOS PARA LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, OTORGAMIENTO DE PLAZAS A LOS. REQUISITOS. (s/clave)
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