Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito · Titulo Primero — Bis de las presentes disposiciones. · Capitulo VI — Controles Internos · Seccion Cuarta — Del Comité de Auditoría
Artículo 149
Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
(147) Artículo 149.- A las sesiones del Comité de Auditoría podrán asistir como invitados con derecho a voz
pero sin voto, el director general, el responsable de las funciones de Auditoría Interna, el o los comisarios,
el titular del Órgano Interno de Control de las instituciones de banca de desarrollo, el o los responsables
de las funciones de Contraloría Interna del banco, así como cualquier otra persona a solicitud del
presidente de dicho comité cuando se considere apropiado en razón del tema a discutirse, debiendo
retirarse cuando así lo estime conveniente este último, por la naturaleza de los asuntos a tratar o para
llevar a cabo sus deliberaciones.
Tratándose de Filiales, cuyos activos no sean mayores al 1.5 por ciento de los activos totales del sistema
bancario mexicano, el Comité de Auditoría podrá integrarse con personas distintas a los miembros del
Consejo, que reúnan los requisitos señalados para estos últimos en la Ley, siempre que sean designados
por el propio Consejo. En todo caso, deberá observarse lo previsto en el Artículo 147 anterior.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIRECTORES GENERALES ADJUNTOS DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. SON COMPETENTES PARA IMPONER SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES A (I.1o.A.222 A (10a.))
- COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, COMO UN ÓRGANO SUBORDINADO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, POR CONDUCTO DE LA SECR (34)
- COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, COMO UN ÓRGANO SUBORDINADO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, POR CONDUCTO DE LA SECR (23)
- COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, COMO UN ÓRGANO SUBORDINADO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, POR CONDUCTO DE LA SECR (P./J. 85/2000)
- SUSPENSIÓN PROVISIONAL, IMPROCEDENCIA DE LA. CONTRA ACTOS DE LOS INTERVENTORES-GERENTES DE LAS INSTITUCIONES DE BANCA Y CRÉDITO.- (1345)
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