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Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito · Titulo Primero — Bis de las presentes disposiciones. · Capitulo y — lo hagan del conocimiento de la Comisión, pero en todo caso, deberá designarse un · Seccion Séptima — De las funciones de Contraloría Interna

Artículo 168 Bis 15

Ordenamiento: Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-09-01

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

(260) Artículo 168 Bis 15. - El oficial en jefe de seguridad de la información de las Instituciones podrá

apoyarse para el ejercicio de sus funciones en representantes de seguridad de la información de las

diferentes Unidades de Negocio denominados oficiales operativos de seguridad d e la información, los

cuales serán responsables de la aplicación de las políticas y procesos de seguridad de la información en

sus respectivas Unidades de Negocio, coadyuvando en los procesos de gestión, reporte de riesgos,

evaluaciones de cumplimiento e inteligencia de seguridad.

(260) Dichos oficiales operativos tendrán las siguientes funciones:

(260) I. Verificar la aplicación de las políticas y procedimientos de seguridad de la información en su Unidad

de Negocio, debiendo reportar de esta gestión al oficial en jefe de seguridad de la información al

menos mensualmente.

(260) II. Reportar al oficial en jefe de seguridad de la información cualquier riesgo o eventualidad que

pudiera impactar en la seguridad de la información.

(260) III. Proponer al oficial en jefe de seguridad de la información la adopción de controles de seguridad

de la información adicionales.

(260) Los oficiales operativos de seguridad de la información deberán mantenerse actualizados respecto

de la normatividad aplicable en dicha materia y podrán recomendar al personal de las Unidades de

Negocio la adopción de medidas respecto de la seguridad de la información que previamente hayan sido

autorizadas por el oficial en jefe de seguridad de la información.

Fuente oficial: consultar publicación

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