Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 252
Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 252.- El valor de los bienes se determinará con independencia del propósito por el que se solicite
el avalúo, observando en todo caso, los enfoques de valuación previstos en los lineamientos generales
para la valuación bancaria.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SENTENCIAS DE AMPARO. EN EL PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS COMO CUMPLIMIENTO SUSTITUTO DE AQUÉLLAS, EL VALOR COMERCIAL DE LOS BIENES INMUEBLES ES EL ADECUADO PARA FIJAR SU CUANTÍA. (P. XXIV/2004)
- REMATE, ADJUDICACION DE BIENES EN. NO SE REQUIERE NUEVO AVALUO PARA DETERMINAR EL PRECIO. (s/clave)
- BIENES INMUEBLES. APRECIACIONES DE SU VALOR. (s/clave)
- VALOR Y PRECIO DE LA VENTA. (s/clave)
- TIMBRE. VALOR DE LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES, PARA EFECTOS FISCALES. AVALUOS BANCARIOS. (s/clave)
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