Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes…
Artículo 84
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 84. - Declaración de huelga es la manifestación de la voluntad de la
mayoría de los trabajadores de una dependencia burocrática o de organismo público
descentralizado de suspender las labores de acuerdo con los requisitos que
establece esta Ley.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HUELGAS, DECLARACION DE LICITUD DE LAS. (s/clave)
- HUELGA, DECLARACION DE EXISTENCIA DE LA. (s/clave)
- HUELGA, DECLARACION DE LICITUD DE LA. (s/clave)
- HUELGA. (s/clave)
- HUELGA, REQUISITOS PARA DECLARARLA. (s/clave)
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